
❗ A partir de agosto de 2025, las empresas del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario tendrán la posibilidad de suspender o modificar sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
Esta medida puede convertirse en una herramienta de gestión financiera que impacta directamente en la liquidez y en la planificación de recursos.
Lo importante está en analizar los resultados del Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de julio de 2025, pues de esa fotografía financiera dependerá la sustentación de la solicitud ante SUNAT.
Tomar una decisión informada en este punto marcará la diferencia entre mantener capital inmovilizado en adelantos excesivos o liberar flujo de caja para potenciar la operación y el crecimiento del negocio.
A continuación, en el siguiente podcast te presentamos los puntos más importantes que debes considerar para la correcta aplicación de la suspensión o modificación señalada.
¿Qué dudas tienes sobre el proceso de suspensión o modificación de los pagos a cuenta del IR?
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