
Uno de los grandes cambios entre la anterior legislación y la actual ley de capacidad legal es que la figura de la representación legal de personas con discapacidad ya no existe. La Ley 1996 de 2019 promueve el reconocimiento de que las personas con discapacidad gozan de libre voluntad para ejercer su capacidad legal usando apoyos si los necesitan.
Así, esta norma establece que las personas con discapacidad pueden asumir la dirección de sus propias vidas y que no deben ser objeto de asistencialismo.
En este episodio hablamos con Cecilia Diez Vargas: abogada, especialista en Derecho de Familia, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, y diplomada en Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos y en Gestión Pública.
Hoy es directora de la Especialización en Derecho de Familia en la Universidad del Rosario y jefe del Área Disciplinar de Derecho Civil en la Facultad de Jurisprudencia. También es docente en la misma especialización y en el pregrado de derecho de esta institución educativa. Además, es Conjuez del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá-Sala Familia.
Así mismo, es capacitadora y conferencista en infancia y adolescencia, conciliación extrajudicial y ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. Igualmente, es formadora en la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y en el Instituto de Estudios del Ministerio Público de la Procuraduría General de la Nación.
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