
No es justo, correcto, moral ni decente que algún Juez utilice la para mi inconstitucional facultad del articulo 121 del CNPP y remover del cargo a los defensores cuando su incapacidad ni siquiera es manifiesta ni sistemática. Encuentra más información en mi canal https://www.youtube.com/channel/UCd3hBflJpgsdvsAdqcqaYZQ